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- Fotocopia del estatuto o contrato social y de sus reformas, en su caso, certificada/s por escribano público y legalizada/s por Colegio de Escribanos. En la fotocopia del estatuto o contrato social y sus reformas deberá constar la inscripción de la sociedad con el correspondiente sello del registro. Quedan exceptuadas de este requisito las sociedades civiles.
- Fotocopias de las actas de designación de autoridades y de distribución de cargos certificadas por escribano público y legalizado por Colegio de Escribanos. En las certificaciones se deberá indicar el Libro de Actas en el cual obra inscripta, el Folio al que corresponde, la sociedad a la que pertenece, el número de rúbrica, autoridad rubricante y la fecha de la rúbrica, salvo que se certifique la foja de la rúbrica conjuntamente con las actas respectivas.
- Print de pantalla de la constancia de CUIT firmada en original por el representante legal del vendedor.
- Fotocopias de los DNI, LE o LC de los representantes legales de la persona jurídica certificadas por escribano público y legalizadas por Colegio de Escribanos.
- Cuando se presente fotocopia de un poder, el mismo deberá otorgar facultades suficientes al apoderado para disponer de bienes muebles en general o de granos en especial y encontrarse la copia del mismo certificada por escribano público y legalizada por Colegio de Escribanos.
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